La Guerra del Pacífico: Los Héroes Olvidados, Los que Nunca Volverán 

 

 

 

 

Un hombre solo muere cuando se le olvida

*Biblioteca Virtual       *La Guerra en Fotos          *Museos       *Reliquias            *CONTACTO                              Por Mauricio Pelayo González

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Cuando a tu paso tropieces con una lápida, aparta la vista para que no leas: AQUÍ YACE UN VETERANO DEL 79. Murió de hambre por la ingratitud de sus compatriotas.

Juan 2º Meyerholz, Veterano del 79

 

 

     Condecoraciones

 

 

 

 

 


Las siguientes son las causas que impulsaron al Gobierno chileno comandado por el presidente don Aníbal Pinto a declarar la guerra a Bolivia y Perú. Debo reconocer que es el punto de vista chileno y documentado, ya que en los otros países beligerantes no encuentran justicia a este acto.

 

Simón Bolívar después de independizarse Bolivia , dicta el 28 de diciembre de 1825 un decreto que otorgaba mar al país en dicho término:

                " Quedará habitado , desde el 1º de enero entrante por , puerto mayor de estas provincias , con el nombre de Puerto La Mar , el de Cobija. Se arreglarán allí las oficinas pertenecientes a la hacienda pública."   

        Dicho decreto es posterior al utis posidetis de 1810 por lo cual , atentaba contra la delimitación de Chile , pero como era un territorio a simple vista sin importancia no pasó a mayores.

        En 1842 el presidente chileno Manuel Bulnes , envía una comisión al norte para que estudiaran el terreno , en busca de guano y salitre. Los resultados arrojados eran de importantes yacimientos , por lo cual Chile ya no seria indiferente a la posición Boliviana y exigiría lo que estimaba como propio , declarando propiedad nacional las guaneras de Coquimbo , del desierto de Atacama y de las vías adyacentes . Ambos países reclamaban como propio dicho territorio , por lo cual se predecedieron uno a otro los problemas limítrofes.

        En 1863 Bolivia cansada de lo que consideraba un atropello contra ellos de parte de Chile, aprueban la siguiente ley :

                " Se autoriza al Poder Ejecutivo para declarar la guerra al Gobierno de la República de Chile , siempre que agotados los medios conciliatorios de la diplomacia , no obtuviese la reivindicación del territorio usurpado o una solución pacífica compatible con la dignidad nacional."

        Pero no todo era tan claro ni tan pacifico , al tiempo que hacia publica dicha ley , comenzaba a urdir la idea de un pacto con el Perú , que aunque en el papel , tiempo después estipulara que era defensivo , ya en 1863 dejaba claro que no . Se dio al poder ejecutivo las siguientes autorizaciones :  

                "Buscar un acuerdo con el Perú , ofreciéndole participación en las guaneras de Mejillones y otras concesiones , a cambio de su cooperación para la reivindicación del litoral usurpado y la obligación de cuidar la costa boliviana con su marina; segundo : comprometer hasta la mitad de la riqueza contenida en la guanera de Mejillones , celebrando con una o más potencias amigas pactos que tengan el objeto directo de recobrar Mejillones y la costa de Atacama."

        Pero el Perú se negó en ese año al requerimiento de Bolivia de la siguiente forma :

                " Lo más que el Perú se comprometerá a ofrecer es su mediación generosa y preservante en nuestra diferencia con Chile".

        Cuando todo hacia presagiar la guerra entre Chile y Bolivia , se asomaron a las costas del Pacífico la Escuadra Española, tomando posesión de las islas Chinchas peruanas y reivindicándolas. El Perú viéndose superado se rinde ante el almirante español accediendo a una indemnización a España. Pero Chile al ver amenazado al Perú lanza una proclama diciendo:

                " La declaración expedida por el comisario de su Majestad Católica y el comandante de la Escuadra del Pacífico , a más de prestarse a una justa censura , importa la sanción de principios que poner en duda la Independencia del Perú , provocando un conflicto para todo el continente...No reconoce ni reconocerá  como legitimo dueño de dichas islas a otra potencia que a la Republica del Perú"

El almirante español tomo entonces acciones contra Chile dejando en paz a Perú , haciendo exigencias que Chile no acepto.

        Por acudir en socorro de su vecino , el puerto de Valparaíso recibió la desgraciada visita de la Escuadra Española, poniendo a Chile en una situación del todo adversa, ya que no estaba con una escuadra capas de hacer frente a las naves europeas , ya que los dos buques que habían enviado construir a Europa, por la posible guerra , contra Bolivia , aun no habían llegado. El Perú sólo se decidió s ayudar a Chile , cuando el coronel Mariano I Prado asumió el poder al derrocar al general Juan Antonio Pezet . Luego se le unió Ecuador y Bolivia , la cual dejó de lado la guerra contra Chile para unirse a este contra España.

        Al derrotar a España, haciéndola volver humillada, se reivindicarían los conflictos entre Chile y Bolivia , los cuales trataron de superarse con el tratado de limite de 1866 que estipulaba lo siguiente:

   "Articulo 1º.- La línea de demarcación de los límites entre Bolivia y Chile en el desierto de Atacama, será el paralelo 24 de latitud meridional desde el litoral del pacifico hasta los límites orientes de Chile...

   Articulo 2º.- No obstante la división territorial estipulada en el artículo anterior, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile, se repartirán por mitad los productos provenientes de la explotación de los depósitos de guano descubiertos en Mejillones y de los demás depósitos del mismo abono que se descubriesen en el territorio comprendido entre los paralelos 23 y 25 de latitud meridional, como también los derechos de exportación que se perciban sobre los minerales extraídos del mismo espacio de territorio que acaba de designarse.

    Artículo 3º.- La República de Bolivia se obliga a habilitar la bahía y puerto de Mejillones, estableciendo en aquel punto una aduana. El Gobierno de Chile podrá nombrar uno o más empleados fiscales, que investidos de un perfecto derecho de vigilancia , intervengan en las cuentas de las entradas de la referida aduana de Mejillones y perciban de la misma oficina directamente y por trimestres o de la manera que se estipule por ambos Estados, la parte de beneficio correspondiente a Chile a que se refiere el artículo 2º. La misma facultad tendrá el Gobierno de Bolivia siempre que el de Chile...estableciese una oficina fiscal en el territorio comprendido entre los paralelos 24 y 25.

     Artículo 4º.- Serán libres de todo derecho de exportación los productos del territorio comprendido entre los grados 24 y 25 de latitud meridional que se extraigan por el puerto de Mejillones. Serán libres de todo derecho de importación los productos naturales de Chile que se introduzcan por el puerto de Mejillones."  

        Visto por el lado en que ambos países se creían dueños de dicho territorio , el tratado repartía equitativamente la zona y sus ganancias. Al encontrarse los ricos yacimientos de Caracoles, la  población Chilena se volcó en masa sobre el lugar en busca de trabajo y de obtener dinero en poco tiempo.

        Chile reclamaba que dichos yacimientos estaban en la zona compartida y Bolivia , que no , pues decía que se ubicaba al norte del paralelo 23 , lo cual hizo renacer los problemas entre ambos. Años duraron las discrepancias hasta que llegaron a un acuerdo , firmando el tratado de limites de 1874.

                    

        Mientras esto ocurría , Bolivia intentaba por 2º vez el apoyo del Perú contra un posible conflicto contra Chile, obteniendo una respuesta positiva en esta ocasión de parte del gobierno peruano firmando un Tratado secreto de Alianza, que estipulaba lo siguiente:

  

Las Repúblicas de Bolivia y Perú, deseosas de estrechar de una manera solemne los vínculos que los unen, aumentando así su fuerza y garantizándose recíprocamente ciertos derechos, estipulan el presente Tratado de Alianza defensiva; cuyo objeto, el presidente de Bolivia ha conferido facultades bastantes para tal negociación a don Juan de la Cruz Benavente, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en el Perú, y el presidente del Perú a don José de la Riva Aguero, ministro de relaciones exteriores quienes han convenido en las estipulaciones siguientes:

        Articulo I.- Las altas partes contratantes se unen y ligan para garantizar mutuamente su independencia, su soberanía y la integridad de sus territorios respectivos, obligándose en los términos del presente tratado a defenderse de toda agresión exterior, bien sea de uno u otros Estados independientes, o de una fuerza sin bandera que no obedezca a ningún poder reconocido.

        Artículo II.- La Alianza se hará efectiva para conservar los derechos expresados en el artículo anterior, y especialmente en los casos de ofensa que consistan:

I ) En actos dirigidos a privar a algunos de las altas partes contratantes de una porción de su territorio, con ánimo    de apropiarse su dominio o de cederlo a otra potencia.

II ) En actos dirigidos a someter a cualquiera de las altas partes contratantes a protectorado, venta o sesión de territorio, o establecer sobre ella cualquier superioridad, derecho o preeminencia que menoscabe u ofenda el ejercicio amplio y completo de su soberanía o independencia.

III ) En actos dirigidos a variar o anular la forma del gobierno, la constitución política o las leyes que las altas partes contratadas se han dado o se dieren en ejercicio de su soberanía.

          Artículo III.- Reconociendo ambas partes contratantes que todo acto legítimo de Alianza se basa en la justicia, se establece para cada uno de ellos, respectivamente el derecho de decidir si la ofensa recibida por la otra está comprendida entre las designadas en el artículo anterior.

          Artículo IV,- Declarado el casus foederís , las altas partes contratantes se comprometen a cortar inmediatamente sus relaciones con el Estado ofensor; a dar pasaportes a sus ministros diplomáticos, a cancelar las patentes de los agentes consulares, a prohibir la exportación de sus productos naturales e industriales y a cerrar los puertos a sus naves.

         Artículo V.- Nombrarán también las mismas partes, plenipotenciarios que ajusten por protocolo, los arreglos precisos para determinar los subsidios, los contingentes de fuerzas terrestres, y marítimas, o los auxilios de cualquier clase que deben procurarse a la república ofendida o agredida; la manera como las fuerzas deben obrar y realizarse los auxilios, y todo lo demás que  convenga para el mejor éxito de la defensa. La reunión de los plenipotenciarios se verificará en el lugar que designe la parte ofendida.

         Artículo VI.- Las altas partes contratantes se obligan a suministrar a la que fuere ofendida o agredida, los medios de defensa que cada una de ellas juzgue poder disponer, aunque no hayan precedido los arreglos, que se perciben en el artículo anterior con tal que el caso fuera , a su juicio urgente.

         Artículo VII.- Declarado el casus foederís, la parte ofendida no podrá celebrar convenio de paz, de tregua o de amnisticio, sin la concurrencia del aliado que haya tomado parte en la guerra.

         Artículo VIII.- Las altas partes contratantes se obligan también:

I ) A emplear con preferencia, siempre que sea posible, todos los medios conciliatorios para evitar un rompimiento o para terminar la guerra, aunque el rompimiento haya tenido lugar, reputando entre ellos, como el más efectivo, el arbitraje de una tercera potencia.

II ) A conceder ni aceptar de ninguna nación o gobierno, protectorado o superioridad que menoscabe su independencia o soberanía, y a no ceder ni enajenar en favor de ninguna nación o gobierno, parte alguna de sus territorios, excepto en los casos de mejor demarcación de límites.

III ) A no concluir tratados de límites o de otros arreglos territoriales, sin consentimiento previo de la otra parte contratante.

         Artículo IX.- Las estipulaciones del presente tratado no se extienden a actos practicados por partidos políticos o provenientes de concesiones interiores independientes de la intervención de gobiernos extraños; pues tenido  el presente tratado de alianza por objetivo principal la garantía legítima de los derechos soberanos de ambas naciones, no debe interpretarse ninguna de sus cláusulas en su posición con su fin primordial.

         Artículo X.- Las altas partes contratantes solicitarán separada o colectivamente, cuando así lo declaren oportuno por un acuerdo posterior, la adhesión de otro u otros estados americanos al presente tratado de alianza defensiva.

         Artículo XI.- El presente tratado se canjeará en Lima o en La Paz, tan pronto como se obtenga su perfección constitucional, y quedará en plena vigencia a los veinte días después del canje. Su duración será por tiempo indefinido, reservándose cada una de las partes el derecho de darlo por terminado cuando lo estime conveniente. En tal caso notificarán su resolución a la otra parte, y el tratado quedará sin efecto a los cuatro meses después de la fecha de notificación.

         En fe de lo cual los plenipotenciarios respectivos lo firmaron por duplicado y lo sellaron con sus sellos particulares.

Hecho en Lima a los seis días del mes de febrero  de 1873.

 

Artículo adicional.- El presente tratado de alianza defensiva entre Bolivia y el Perú, se conservará secreto mientras las dos altas partes contratantes de común acuerdo no estimen necesaria su publicación.

 

BENAVENTE                                                    RIVA-AGUERO

                

        Trataron de que se les uniera Argentina pero no lo consiguieron. Mientras Chile cedía territorio a Bolivia entre los paralelos 23 y 25  a cambio de que se le mantuvieran los impuestos bajos a las empresas Chilenas durante 25 años , volviendo a una engañosa paz entre dichos entre dichos países . En 1878 Daza da orden al prefecto de Antofagasta de cobrar 10 Cvos. por cada quintal de salitre exportado , lo que violaba el tratado suscrito por Chile en 1874 , por lo cual se le envía instrucciones a su agente a la Paz , en los siguientes términos:

                " Pedirá UD. una respuesta terminante y categórica de este punto , dentro de un termino breve y perentorio. Si la respuesta del gobierno Boliviano fuese favorable , como es de esperarlo, usted continuara en su puesto para reabrir la discusión o iniciar gestiones conducentes a la constitución del arbitraje, para lo cual se enviarán a usted las instrucciones del caso. Si por el contrario, el gobierno de Bolivia persistiese en llevar a efecto la ley del 14 de febrero último, usted pedirá sus pasaportes, declarando que la conducta de ese Gobierno hace del todo inútil e infructuosa la presencia de nuestra legación en esa República y que mi gobierno hace pesar exclusivamente  sobre el gobierno de La Paz las consecuencias de esta medida, que hemos procurado evitar por todos los medios posibles.

El gobierno de Chile considera también conveniente que usted exprese, antes de retirarse, al de Bolivia, que su negativa retirada a suspender la ejecución de la ley del 14 de febrero de 1878, importaría la anulación del tratado de 1874, y que, en consecuencia roto este pacto con Bolivia, renacería para Chile todos los derechos que legítimamente hacía valer antes del tratado de 1866. Por la misma razón , Chile, llegada esta desagradable emergencia , que él no ha provocado y que no ha podido evitar, ejercerá todos aquellos actos que estime necesarios para la defensa de sus derechos."

 

        No había vuelta atrás y Daza confiaba en el tratado secreto y lo deja claro en las cartas enviadas al prefecto de Antofagasta descrita a continuación:

     

Tengo una buena noticia que darle.

He fregado a los gringos decretando la reivindicación de las salitreras y no podrán quitárnoslas por más que se esfuerce el mundo entero.

Espero que Chile no intervendrá en este asunto... pero si nos declara la Guerra podemos contar con el apoyo del Perú a quien exigiremos el cumplimiento del Tratado Secreto. Con este objeto voy a mandar a Lima a Reyes Ortiz.

Ya ve usted como le doy buenas noticias que usted me ha de agradecer eternamente y como le dejo dicho los gringos están completamente fregados y los chilenos tienen que morder y reclamar nada más.

                                            Hilarión Daza, Presidente de Bolivia

                           

        Dichos documentos nos muestran que Daza no daba paso en falso y ya se preparaba enviando diplomáticos al Perú , para hacer cumplir el pacto firmado años atrás.

           El presidente peruano y su gobierno no estaban en condiciones de cumplir el tratado con Bolivia y tampoco quería hacerlo e hicieron todo lo que estuvo en sus manos para evitar la guerra , enviando a uno de sus diplomáticos más capaces para interceder por la paz, siendo en el mismo momento en que se entera las autoridades chilenas de la existencia del tratado secreto entre Perú y Bolivia , por lo cual consideraba imposible al país del Rimac como mediador.

        Perú había sido arrastrado a una guerra en que no quería estar , pero su presidente , al ver que el pueblo peruano estaba a favor de apoyar a su país vecino, tuvo que aceptar la guerra por miedo a un aislamiento del pueblo y un posible derrocamiento . El gobierno manda al buque de guerra Blanco Encalada y el 14 de febrero de 1879 luego de romper relaciones con Bolivia , reivindica como chileno el puerto de Antofagasta , declarándole la guerra el 5 de abril a Perú y Bolivia.   

 

 

 

 

 

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